El tratamiento con NeoCAF Cafeina Citrato debe instaurarse bajo la supervisión de un médico con experiencia en cuidados intensivos neonatales y en una unidad de cuidados intensivos neonatales que disponga de instalaciones adecuadas para la observación y la monitorización de
los pacientes.
La posología recomendada de NeoCAF Cafeina Citrato para los lactantes no tratados previamente es una dosis de carga de 20 mg de cafeína citrato por kg de peso corporal, administrada mediante perfusión intravenosa lenta durante 30 minutos, empleando una bomba de perfusión con jeringa u otro dispositivo de perfusión volumétrico.
Transcurrido un intervalo de 24 horas, pueden administrarse dosis de mantenimiento de 5 mg por kg de peso corporal mediante perfusión intravenosa lenta durante 10 minutos cada 24 horas.
Otra opción consiste en administrar una dosis de mantenimiento de 5mg por kg de peso corporal por vía oral, por ejemplo, a través de una sonda naso-gástrica, cada 24 horas.
La dosis de carga y las dosis de mantenimiento de cafeína citrato recomendadas se muestran en la tabla anterior, en la que se aclara la relación entre el volumen de inyección y la dosis administrada expresada como cafeína citrato.
La dosis expresada como cafeína base es la mitad de la dosis expresada como cafeína citrato (20mg de cafeína citrato equivalen a 10mg de cafeína base).
Podrá administrarse una segunda dosis de carga de 10-20 mg/kg después de 24 horas a los recién nacidos prematuros que tengan una respuesta clínica insuficiente a la dosis de carga recomendada.
Puede considerarse la conveniencia de administrar dosis de mantenimiento superiores, de 10 mg/kg de peso corporal, en caso de respuesta insuficiente, teniendo en cuenta el potencial de acumulación de cafeína a consecuencia de la prolongada semivida que este compuesto tiene en recién nacidos prematuros y la cada
vez mayor capacidad de metabolización de la cafeína en relación con la edad post-menstrual.
Cuando esté clínicamente indicado, se vigilará la concentración plasmática de cafeína.
Puede ser necesario reconsiderar el diagnóstico de apnea del prematuro si el paciente no responde adecuadamente a una segunda dosis de carga o a una dosis de mantenimiento de 10 mg/kg/día
Podría ser necesario controlar periódicamente las concentraciones plasmáticas de cafeína a lo largo del tratamiento en caso de respuesta clínica incompleta o de signos de toxicidad.
Además, puede ser necesario ajustar la dosis, según el criterio médico, tras el control sistemático de las concentraciones plasmáticas de cafeína en situaciones de riesgo, tales como:
Es recomendable medir la concentración basal de cafeína en estos casos: lactantes cuyas madres puedan haber ingerido grandes cantidades de cafeína antes del parto lactantes que hayan recibido previamente tratamiento con teofilina, que es metabolizada en cafeína.
La cafeína tiene una semivida prolongada en los recién nacidos prematuros y existe la posibilidad de acumulación, lo que podría requerir el control de los lactantes tratados durante periodos prolongados.
Deberán obtenerse muestras de sangre justo antes de la administración de la siguiente dosis, en caso de fracaso terapéutico y entre 2 y 4 horas después de la dosis anterior cuando se sospeche toxicidad.
Aunque no se ha determinado el intervalo de concentraciones plasmáticas terapéuticas en ninguna publicación, las concentraciones de cafeína observadas en los estudios que demostraron efectos clínicos beneficiosos variaron entre 8 y 30mg/L, y por lo general no han surgido problemas de seguridad con valores
plasmáticos inferiores a 50mg/L
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